Santo Domingo.- Durante años las amas de casa y los conductores de vehículos han estado con el grito al cielo por la supuesta mala calidad e inexactitud del peso del GLP que suelen venderse en las envasadoras de todo el país y han exigido acciones o medidas gubernamentales tendentes a prevenir y sancionar estas malas practicas comerciales.
Las instituciones publicas competentes son la Dirección General de Normas y Sistemas de Calidad y Proconsumidor las cuales tienen como función y/o deber de garantizar la calidad de los bienes y servicios adquiribles por el consumidor, pero si los DIGENOR no toma alguna medida para garantizar la calidad en el GLP contra los propietarios de envasadoras reincidentes en esta mala practica, estará violando ipso facto la Constitución de la Republica, la cual en su articulo 53, establece lo siguiente:
Derechos del consumidor. Toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley. Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley.
Ahora bien, este articulo constitucional no solo es aplicable a la autoridad pública que por omisión no desea aplicar la ley, sino que también se le aplica a los comerciantes del GLP que no aceptan respetar la leyes sobre Normas de Calidad y Protección al Consumidor e intentan engañar a los consumidores mayormente constituidos por amas de casas y transportistas.
El pre-indicado articulo constitucional reconoce el Derecho al Consumidor, lo cual incluye a su vez el derecho a bienes y servicios de calidad, así como a una información objetiva, veraz y oportuna, entiéndase con esto que las personas tienen derecho a saber que es lo que compran, las características del producto, así como el derecho a demandar o exigir sanciones contra los comerciantes que no respetan los derechos del consumidor.
Las empresas emvasadoras del GLP que desacaten la resolución de Proconsumidor sobre como pesar los tanques constituye una violación a la Constitución de la Republica en el articulo previamente invocado, razón por cual el Frente Nacional de Defensa del Consumidor (FRENADECO) y su Presidente Nelson Minaya avisan a toda la prensa y a la población, que no se quedará de brazos cruzados ante cualquier desacato contra la resolución de Proconsumidor y que procederá judicialmente contra cualquier emvasadora que no acate el referido plazo.
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